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publicado el 04/05/2026 05:53 pm

La inscripción de derechos sobre bienes inmuebles en el Registro Central de la Propiedad

¿Qué es el Registro de la Propiedad?:

Una institución jurídica pública que brinda protección y seguridad a toda persona natural o jurídica. La inscripción legítima, presume de exactitud y verdad el derecho, y solo un tribunal puede declararlo inexacto.

Perfeccionamiento del sistema:

Con el Decreto Ley 51/2021 y la Resolución 493/2021 del Ministro de Justicia, el Registro funciona con una aplicación informática desarrollada por XETID, integrada en oficinas central y municipales, con control en tiempo real y mayor eficiencia en los servicios.

Consecuencias de no inscribir:

El titular no estará protegido, no podrá realizar actos de disposición ni transmisión (compraventas, permutas, donaciones, herencias, ampliaciones), y quedará expuesto a perjuicios legales evitables.

Plazos de inscripción según categoría:

  • 1ra categoría: 7 días hábiles.
  • 2da categoría: 5 días hábiles. 
  • 3ra categoría: 3 días hábiles.

(Se extiende hasta 15 días hábiles si el registrador solicita documentos adicionales – Art. 27)

La seguridad jurídica no es un trámite más: inscribir es prevenir conflictos en tribunales.

Fuente: Ministerio de Justicia de Cuba.

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