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publicado el 02/01/2025

¿Cuáles son los principios básicos de la actualización de la política sobre la comercialización de vehículos en Cuba y en qué cambia lo relacionado con las motos? (I)

Anteriormente cualquier persona podía importar directamente como equipaje no acompañado o envío, ciclomotores o motocicletas eléctricas sin límite de potencia y remolques ligeros de hasta 750 kg de carga, en ambos casos los aranceles se pagaban en pesos cubanos.

Con las nuevas decisiones, se mantiene lo establecido para los ciclomotores y motocicletas eléctricas, pero se podrán importar, además, como equipaje no acompañado de pasajero o envío, ciclomotores y motocicletas de combustión interna o híbridas, con o sin sidecar, nuevas y de uso (hasta 10 años), de hasta 250 cc y triciclos eléctricos o híbridos, con capacidad superior a dos plazas o de carga. En todos los casos una por persona en cinco años, pagando los aranceles y los servicios de aduana en divisas convertibles, según aparece en las infografías que acompañan esta publicación. Además, los remolques será uno por persona en cinco años y pagando en divisas los aranceles.

Estarán exonerados del pago de aranceles, los cascos de protección integrales que se importen junto a las motocicletas. Se invita a las comercializadoras a comercializar las motos en plaza junto a sus correspondientes cascos de protección.

Con esta decisión se amplían las alternativas para quien desee adquirir un ciclomotor o una motocicleta de combustión. Algunas alternativas a continuación:

1- La puede traer desde el exterior como equipaje no acompañado incluyendo el correspondiente costo de flete y manipulación el cual dependerá del país de origen y el medio de transporte, si es una moto sin sidecar, presenta en la aduana la factura de compra, paga en divisas convertibles un arancel de 46 usd y el servicio de aduana por 8 usd y con la documentación de nacionalización puede inscribir la moto en el registro de vehículos.

2- Alguien (puede ser un familiar, un amigo, o una página autorizada de comercio electrónico) se la puede enviar desde el exterior, en ese caso la moto debe venir embarcada a su nombre pagando el flete y manipulación correspondiente, presentando la factura de compra, paga un arancel ascendente a 246 usd y el servicio de aduana 8 usd y con el documento de nacionalización que expide la Aduana puede inscribir la moto en el Registro de Vehículos.

3- Puede comprarla en alguna de las comercializadoras autorizadas, las que a partir del mes de enero ampliarán las ofertas en divisas convertibles. En este caso todo se paga en usd y al ser varias comercializadoras, podrá escoger. Con la factura de compra puede proceder a su registro en el Registro de vehículos.

4- Puede comprársela a otra persona natural, siempre que la moto a adquirir esté debidamente registrada en el Registro. En este caso, según lo establecido, deberá pagar el correspondiente impuesto de transmisión de bienes y herencias.

(Tomado deTribuna de La Habana con información del perfil en Facebook de Eduardo Rodríguez Dávila)

Foto portada: Tomada de Internet

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