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publicado el 21/06/2026 09:52 pm

Aplicarán cobro automático de las deudas tributarias

El cobro automático de las deudas tributarias, tanto a personas jurídicas estatales y no estatales como a personas naturales, sean o no contribuyentes, comenzará a implementarse en todo el país en julio, de acuerdo con una Resolución, la 126/2026, del Ministro de Finanzas y Precios.

La normativa entrará en vigor a los 30 días de publicada en la Gaceta Oficial, lo cual ocurrió el jueves 18, y responde a la necesidad de fortalecer la disciplina fiscal y así garantizar la disponibilidad oportuna de recursos financieros al Presupuesto del Estado.

Este mecanismo se aplica a las deudas tributarias determinadas, que fueron notificadas y el deudor no pagó en el término establecido, ni reclamó mediante la presentación de recursos, y tampoco solicitó aplazamiento en la oficina municipal de la ONAT.

En estos casos la institución emite una orden de cobro, sin aceptación, al banco para debitar directamente de las cuentas bancarias el importe de las deudas tributarias.

De acuerdo con un artículo publicado en el Portal Tributario por la Dirección de Servicios al Contribuyente, en el caso de que el importe total de la deuda no pueda ser cobrado de una sola vez, se realiza de forma parcial hasta que se cubra el total adeudado.  

Para las personas jurídicas, el cobro se ejecuta desde la cuenta corriente, y para  las personas naturales desde la Cuenta Bancaria Fiscal.

El cobro automático de la deuda tributaria solo se ordena cuando venció el término establecido para que el contribuyente ejerza  sus derechos de pagar la deuda, ya sea con el pago del adeudo, la solicitud de aplazamiento de pago o la reclamación a la que tiene derecho mediante la presentación de un Recurso.

A su vez la Resolución 126/2026 señala que en los casos de personas naturales identificadas como deudoras, y con subdeclaración y evasión fiscal, la solicitud de la Administración Tributaria del cobro automático va a sus cuentas bancarias personales.

La ONAT asegura que el procedimiento se realiza con transparencia y bajo estrictas normas de seguridad y confidencialidad, en coordinación con el sistema bancario y con controles técnicos y administrativos que aseguran precisión y permiten auditorías y consultas por el propio contribuyente que lo puede revisar en su estado de cuentas.

La información utilizada es la que obra en los sistemas informativos de la ONAT y en el Registro de Contribuyentes, y se emplea exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sin acceso ni divulgación de otros datos personales.

El cobro automático es una práctica reconocida internacionalmente y aplicada por otras administraciones tributarias, aspecto que refuerza su legitimidad.

 

Fuente: Perfil de Facebook Onat Provincial La Habana 

Autor: Fidel Benito Rendón Matienzo del Equipo de Gestión de contenidos del Portal del ciudadano de La Habana 

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