Preguntas frecuentes

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publicado el 20/02/2022

Agricultura

GUÍA METODOLÓGICA PARA LA CONFORMACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE PROCESOS RELACIONADOS CON LA TENENCIA Y TRASPASO DE LA TIERRA EN EL MINISTERIO DE LA AGRICULTURA

Normas jurídicas.  Decreto Ley 125  Decreto Ley 358  Resolución 288 Art. 32 del Decreto Ley 125/91.

 1. Solicitud de Adjudicación de Herencia.

 2. Documentos a incorporar  en los Recursos de Apelación.

3. Documentos a incorporar sobre Procesos de Revisión.

 4. Documentos a presentar en los Procesos de Solicitud de Excepcionalidad,

 5. Documentos a presentar para trámites de Permuta.

6. Documentos para trámites

  • SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE HERENCIA

Si fallece un Agricultor Pequeño, propietario de tierra y bienes agropecuarios, aquellos familiares con grado filial de hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, deberán presentarse dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento para reclamar sus posibles derechos, los documentos siguientes conformarán el expediente del proceso:

 1. Escrito de promoción, con sello de $ 5.00 M.N, dónde además de plantear su pretensión, declare la existencia o no de otros posibles herederos y su dirección.

2. Certificado de defunción del causante.

3. Certificado de nacimiento de todos los posibles herederos, los casos inscriptos por derecho propio no acreditan grado filial.

4. Certificación de matrimonio en caso de ser casado.

5. Si fuera de una unión matrimonial no legalizada, el certificado de reconocimiento judicial de matrimonio no formalizado, para lo cual se prorrogará el término a fin de que se realicen los trámites judiciales correspondientes.

6. Certificación de tenedor inscripto.

7. Valuación de la tierra, bienes agropecuarios y bienechurías emitido por la persona, certificada en este caso.

8. Certificado de suelos sobre la calidad de la tierra.

9. Certificado de Catastro o de existir diferencia en lo declarado en el expediente de la tierra, emitir la Resolución de ajuste de área.

10. Aval de la ANAP Municipal.

11. Aval de la ANAP Provincial.

12. Aval de la CCS.

13. Aval del Delegado del Organismo en el Municipio.

14. Dictamen Legal Territorial.

15. De existir contradicción entre las autoridades agrarias, someter el caso a la Comisión Territorial de Asuntos Agrarios e incorporar al Expediente el Acta, no certificación de Acuerdo, con todos los análisis realizados, no pudiendo faltar las partes discordantes.

16. Incorporar las investigaciones y verificaciones realizadas.

17. Si existen en el proceso tierras que tengan relación con el Ministerio del Azúcar, se debe solicitar el parecer de ese Organismo.

18. Constancia de comunicación del proceso a todos los presuntos herederos, los que al presentarse mediante escrito acompañaran sello de $ 5.00 M.N.

19. Las representaciones serán por contrato de Servicios Jurídicos o Poder Especial emitido en Notaría.

20. El Expediente Registral, que deberá estar foliado, indizado y presillado.

21. Pre-Dictamen de la Instancia Municipal.

 

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