
Justicia
1- Ante la presencia de errores en mi certificación de nacimiento, ¿qué debo hacer para corregirlos?
Para la promoción de expediente de subsanación de error el promovente o su representante legal deberá personarse en la oficina registral de su demarcación o en la que obra el asiento de inscripción que se pretende subsanar y presentar escrito de solicitud, documentos probatorios que demuestran lo correcto y justifiquen el error advertido y un sello por valor de 10.00 cup.
Para ello debe ofrecer en la oficina registral de su demarcación nombres y apellidos de su familiar, la fecha exacta y lugar donde nació para iniciar la búsqueda.
Documento de identidad personal
Documentos que acrediten el estado conyugal de los contrayentes. Si uno o ambos son divorciados debe presentar la certificación de divorcio, certificación de sentencia firme de divorcio o escritura notarial de divorcio. Si uno de las partes fuera viudo debe acreditarlo con la certificación de viudez.
Dos testigos
En su caso el niño no sale del hospital inscrito con sus apellidos, solo se le consignan los de la madre. En cualquier momento puede ir a la oficina registral del Estado Civil donde obra la inscripción de nacimiento del bebé o puede concurrir ante Notario Público a realizar dicha declaración y que se le pongan sus apellidos, siempre con el consentimiento de la madre.
5- ¿Dónde puedo solicitar mi certificación de nacimiento?.
En la oficina registral civil de su demarcación o en la que obra la inscripción de su nacimiento.
6-¿Qué documentos necesito para contraer matrimonio?
- Concurrir los futuros esposos con sus carnés de identidad ante notario de su elección.
- Dos testigos con sus carnés de identidad y que no pueden ser familia de los que van a contraer matrimonio.
- Si el estado conyugal de alguno de los futuros cónyuges es viudo o divorciado deberán acreditarlo con la certificación que corresponda del Registro del Estado Civil.
- El matrimonio puede formalizarse mediante poder cuando uno de los dos no puede concurrir al acto por cualquier circunstancia.
7- ¿Qué necesito aportar para otorgar un poder a nombre de otra persona?
- La persona que va a otorgar las facultades acude ante notario con su carné de identidad y debe aportar las generales -nombres y apellidos, número de carné de identidad, dirección, estado conyugal, ocupación, naturalidad- de la persona a la que pretende otorgarle las facultades.
- Puede otorgarse a favor de una o varias personas, para que actúen de forma conjunta o indistintamente.
8- ¿Qué documentos se necesitan para realizar la compraventa de un vehículo de motor?
- Comprador y vendedor deben acudir con sus respectivos carnés de identidad ante el notario que determinen.
- Si el vehículo de motor es propiedad del matrimonio o el comprador es casado, tienen que comparecer ambos cónyuges.
- Documento acreditativo de la propiedad del vehículo -Copia de la Escritura Notarial, contrato de compraventa con una entidad comercializadora, título expedido por autoridad administrativa o resolución judicial, con expresión de su firmeza.
- Certificación de su inscripción en el registro de vehículo del Ministerio del Interior.
9- ¿Qué documentos se necesitan para realizar la compraventa de una vivienda?
- Comprador y vendedor deben acudir con sus respectivos carnés de identidad ante el notario con sede en el municipio donde se encuentre la vivienda.
- Si la vivienda es propiedad del matrimonio o el comprador es casado, tienen que comparecer ambos cónyuges.
- Documento acreditativo de la propiedad de la vivienda -Copia de la Escritura Notarial, título expedido por autoridad administrativa o resolución judicial, con expresión de su firmeza-
- Certificación de su inscripción en el registro de la propiedad donde se encuentra el inmueble.
- Cheque de gerencia que acredita que se ha depositado el dinero de la compraventa en una sucursal bancaria. Este dinero depositado TIENE que coincidir con el pactado para la compraventa de la vivienda.
10-¿Quiénes son los herederos especialmente protegidos?
Son herederos especialmente protegidos siempre que no estén aptos para trabajar y dependan económicamente del causante, los siguientes:
a) los hijos o sus descendientes en caso de haber premuerto aquéllos;
b) el cónyuge sobreviviente; y
c) los ascendientes (padres, abuelos, bisabuelos etc.)
11-¿A favor de quién puedo hacer testamento?
Ud. puede otorgar testamento a favor de cualquier persona sea o no familia suya. Tenga en cuenta que el Código Civil establece que si Ud tiene un heredero especialmente protegido debe instituirlo como heredero de la mitad de sus bienes.
12-¿Las Certificaciones emitidas por el Registro del Estado Civil, obtenidas en una provincia, se pueden presentar para su legalización en una oficina de Consultoría Jurídica Internacional ubicada en otra provincia?
No, solo en las Oficinas de Consultoría Jurídica Internacional situadas en la Provincia donde se expidieron porque es donde tiene su sede y competencia el funcionario de la Dirección provincial que Justicia que las autentica, es decir da fe que fueron expedidas oficialmente por Registradores de su territorio.
13-¿Cómo puedo obtener la Certificación de Antecedentes Penales si resido en el exterior?
Usted puede dirigirse al consulado de Cuba en el país donde se encuentre residiendo y solicitarlos. Igualmente, una tercera persona que se encuentre en Cuba, puede solicitarlo a favor del titular del documento que se encuentre fuera del país, en cualquier de nuestras Sucursales y oficinas
14-¿Dónde radican las sedes de Consultoría Jurídica Internacional?
La casa matriz tiene su domicilio social en Calle 16, número 314, entre 3ra y 5ta Ave, posee Sucursales en todas las cabeceras de provincia en todo el país y oficinas en el municipio especial Isla de la Juventud, en Caibarién, Trinidad, Morón y Baracoa
15-¿Cómo se solicitan las Certificaciones de Antecedentes Penales para surtir efecto en territorio nacional?
Para efectuar la solicitud de la Certificación de Antecedentes Penales para surtir efecto dentro del territorio nacional pueden hacerlo por vía digital a través de nuestro sitio web en el menú solicitud o dirigirse a las Oficinas de tramites de las Direcciones Provinciales de Justicia enclavadas en cada provincia, las unidades municipales de servicio de las provincias de Artemisa y Mayabeque y en el municipio Especial Isla de la Juventud. El interesado debe presentase portando su Carne de Identidad y un sello de timbre por valor de 5.00 CUP.