Preguntas frecuentes

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publicado el 20/02/2022

Unión Eléctrica

1-¿Cómo solicitar el servicio?

Al presentarse en la oficina comercial el consumidor debe  facilitar los siguientes datos:

Nombre y Apellidos.

Número de carné de identidad.

Dirección del inmueble en cuestión detallando:

Calle y Número, si no tiene número, detallar si la acera es de numeración par o impar.

Nombre de las entre calles.

Planta baja o alta, pasaje y número o letra del apartamento, según el caso.

En las zonas rurales se informará el nombre o el número de carretera y número del kilómetro y/o nombre de la finca donde se encuentra ubicado el inmueble.

Teléfono.

Cantidad de personas del núcleo familiar.

Presentación del documento idóneo que acredite que el solicitante se encuentra en posesión legal del inmueble. Se aceptan cualquiera de los siguientes documentos:

Escritura de propiedad o título de propiedad de la vivienda.

Certificado de usufructo gratuito permanente.

Certificado de habitable expedido por la Dirección de Vivienda correspondiente.

Licencia de Construcción para nuevas viviendas con facilidades temporales construidas, exceptuando los desgloses o viviendas existentes.

Resolución de permuta.

Contrato con el organismo propietario del inmueble otorgando el uso usufructo al solicitante del servicio.

Autorización para la construcción u ocupación de una vivienda expedida por el organismo competente en esa zona: ANAP, Poder Popular, Cooperativa e Hidroenergia.

Exigir que se presente la liquidación del lugar de procedencia en caso de ser alta por traslado.

Magnitud de la carga a conectar, detallando número y capacidad de luces y otros equipos eléctricos que se vayan a utilizar, así como el voltaje de operación de los mismos.

Se exceptúan de presentar el documento legal de posesión de los inmuebles los casos de Electrificación de Tendederas, Bateyes Azucareros, eliminación de plantas Diesel y otros clientes no conectados al SEN de inversiones aprobadas por el estado.

Toda nueva solicitud de servicio eléctrico o el cambio de uno existente, se acepta una vez que haya comprobado que le ha sido suministrada  toda la información  necesaria y que se han  cumplimentado por el cliente las normas técnicas y los requisitos exigidos.

2-¿Cuál es el procedimiento para cambiar mi Metro Contador?

El cambio de  Metro contador de energía eléctrica por aumento o disminución de capacidad puede ser solicitado por el consumidor o por orden de los inspectores.

Las causas que originan cambio de Contador de Energía Eléctrica (CEE) ordenado por los inspectores son:

a) CEE defectuosos.

b) CEE inadecuados.

c) CEE quemados o rotos.

3-¿Cómo se procede según el caso?

a) CEE defectuosos

En estos casos se procede a emitir el H-65 Orden de conexión y desconexión, haciendo referencia al informe sobre el defecto del CEE (Registra con adelanto, atraso, parado, sin carga, etc.), en la casilla de “Observaciones”. Además se agrega el área que recomienda el cambio. El resto de los datos de la orden H-65 se toman del archivo de control de consumidores.

En la primera facturación después del cambio del  Metro contador se procede a efectuar un promedio del consumo que ha habido (diferencia de la lectura del cambio de CEE, reflejada por el operario en el H-65 y la lectura tomada por el lector) entre los días transcurridos desde la fecha del cambio al día de la toma de lectura y multiplicado por 30 días.

b) CEE inadecuados

Se aclara en la casilla de “Observaciones” la causa y clase de  Metro contador a instalar, además de quien ordena el cambio de CEE. El resto de los datos a consignar en el H-65 se toman del archivo de los consumidores.

Ejemplos de “Observaciones”:

Por aumento o disminución de carga.

Requiere servicio trifilar (o trifásico, etc).

Instálese CEE con demanda

Para la facturación del mes, en el momento en que se lea el nuevo  Metro contador, el supervisor, de acuerdo con los consumos habidos del CEE nuevo, más el consumo del CEE retirado, figura como consumo del mes la suma de ambos.

c) CEE quemados o rotos

Se investigan las causas mecánicas o eléctricas que motivan el cambio del equipo. Si el cliente fuera responsable, pagará la indemnización que corresponda de acuerdo con los daños. Con posterioridad se emite el modelo H-65 aclarando en forma similar a los casos anteriores los particulares a que antes hemos hecho referencia en la casilla de “Observaciones”.

Para la facturación del mes, de haber sido los últimos consumos incrementados sobre el histórico, se considera el mayor de los consumos habidos.

4-¿Cuáles son los pasos a seguir  para cambiar el nombre de la factura?

Los cambios de nombre se efectúan a solicitud del consumidor presentándose con la última cuenta pagada y cualquiera de los documentos relacionados en el procedimiento   “Contratación de servicios en el sector residencial”.

En caso de no presentar el recibo, se verifica en el área de Balance que no existan cuentas pendientes por pagar. Si existieran, el consumidor debe liquidar los adeudos pendientes y posteriormente se le realiza el cambio de nombre. Es responsabilidad del Especialista Comercial que se cumpla estrictamente este trámite.

Cumplimentado estos requisitos, el Especialista Comercial encargado de esta actividad procede a llenar el modelo Orden de conexión y desconexión (H-65) reflejando en observaciones el documento que presentó (Número y fecha), así como el número del carné de identidad del contratante.

De estarse emitiendo un recibo se presentará al cobro normalmente, comenzando a regir el cambio en la próxima facturación.

Es responsabilidad del Especialista Comercial que se ejecute el movimiento en la próxima facturación, así como pasar el triplicado del modelo a “limpieza de rutas” a fin de que se verifique si ya se reflejó el cambio de nombre en la cuenta facturada. De no ser así se consigna a mano el nombre del nuevo cliente y se procesará nuevamente el movimiento.

5-¿Cómo presentar una queja o reclamación en caso de daño a la propiedad?

Los consumidores podrán reportar una queja por daño a la propiedad hasta el término de tres días hábiles (3) posteriores a la ocurrencia del hecho por las siguientes vías:

a- Vía telefónica al número habilitado para las quejas de servicio en cada territorio.

Los Operarios de la Guardia Eléctrica, al acudir para atender una interrupción de servicio eléctrico y detectar que hay bienes dañados, informan al Despacho Provincial para que confeccione una Notificación de Trabajo (NT), realizando el levantamiento de los mismos, la causa del daño, los datos de los clientes afectados y de forma explícita reflejar las condiciones del servicio eléctrico encontradas, (parámetros de corriente y voltaje, daño de la acometida, metro contador, instalación interior del cliente, afectaciones del sistema de distribución secundario y/o primario) y las medidas necesarias a tomar para que no se repita la afectación;  el operario deberá anexar las acciones realizadas por el carro de la guardia.

Una vez confirmada la ocurrencia del daño,  la empresa eléctrica debe localizar a los funcionarios designados para atender estos casos los cuales  deben personarse en el lugar para  revisar las causas y condiciones que provocaron el daño, así como realizar el levantamiento de los bienes dañados según el modelo Declaración jurada del cliente por los bienes dañados por la Empresa  Eléctrica.

Al concluir los trabajos el Operario de la Guardia Eléctrica notificará al cliente el número de la NT de referencia, orientándole que debe personarse en la UEB Municipal, o en la Oficina Comercial que le corresponde antes de los tres días hábiles (3) posteriores a la afectación para iniciar la tramitación del expediente.

b-  Por vía personal en las Oficinas Comerciales o en las UEB Municipales:

El Especialista que atiende Daños a la Propiedad en la UEB Municipal o en la Oficina Comercial recepciona las reclamaciones de los consumidores hasta tres días hábiles (3) posteriores a la ocurrencia del hecho, y habilita un registro en correspondencia con el formato del modelo “Registro de Quejas por Daño a la Propiedad”, notificándole al cliente el Número de la Queja para su posterior seguimiento.

Cuando la reclamación es recepcionada en la Oficina Comercial se comunicará al Especialista encargado de Atención de Daños de la UEB Municipal y al Centro Integral de Atención al Cliente de inmediato.

 

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1 comentarios insertados

Ismael dijo:

El 3 de agosto del año pasado (2023) [exactamente hoy hace un año), solicité en la Oficina Comercial de la Empresa Eléctrica de Marianao la instalación del servicio eléctrico de 220 v. A pesar de recibir la visita del inspector el siete de enero de este 2023 (seis meses después), y luego de presentar quejas al teléfono 18888 el 23 de febrero y a través del grupo de Facebook de la Empresa Eléctrica, aún no he obtenido respuesta satisfactoria. El Director de la Empresa del municipio, Alexander Pantoja, admitió que no existen relojes de 220 v para instalar; sin embargo, le argumenté que si yo pagaba por ellos la cantidad de 10 000 CUP, hay trabajadores que me lo ponen y la empresa los valida, pero alegó que eran equipos robados, lo que significa que SI HAY equipos. A pesar de las disculpas y del reconocimiento por parte de Sandy Medina Muñoz, Directora de la UEB Centro Integral Atención al Cliente de la Empresa Eléctrica, en una carta recibida el 20 de marzo, que considera mi queja Con Razón, según la cual las evidencias de la Resolución del caso se encuentran archivadas en el expediente No. 01-2080Q-C de dicha entidad, un año después, sigo sin disponer del servicio eléctrico adecuado, lo cual me impide utilizar los equipos que están a punto de perder su garantía.

03/08/2023 04:51 pm / RESPONDER