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publicado el 20/05/2026 09:07 am

La directora de Registro de Bienes Inmuebles del Ministerio de Justicia, detalla en “Haciendo Radio” el procedimiento registral para inscribir viviendas y y otros inmuebles

La directora de Registro de Bienes Inmuebles e Inmuebles del Ministerio de Justicia, MSc. Alicia López participó hoy en el espacio “Haciendo Radio”, de Radio Rebelde, donde abordó en detalle el procedimiento registral para la inscripción de viviendas y otros inmuebles.

Durante el programa, la directora respondió a preguntas clave de la ciudadanía, entre ellas:

  • ¿Quién puede solicitar la inscripción de bienes inmuebles?

Explicó que pueden hacerlo el titular del derecho (propietario), el transmitente (vendedor o donante), representantes legales, personas con interés legítimo, así como funcionarios públicos autorizados.

  • ¿Qué documentos se necesitan para inscribir una vivienda?

Se deben presentar: el título de propiedad (compraventa, donación, permuta, adjudicación de herencia), documento de identidad (verificado por el registrador mediante la Ficha Única del Ciudadano), acreditación de representación si aplica, y el comprobante de pago de impuestos (incluyendo su verificación electrónica, por ejemplo, vía Transfermóvil)

  • ¿Cómo actúa el registrador ante una solicitud?

El registrador califica la legalidad y validez del acto o contrato, pudiendo:

  1. Inscribir si todo es conforme a la ley.
  2. Suspender si existen defectos subsanables (con plazo de 60 días hábiles para corregirlos)
  3. Denegar si los defectos son insubsanables y provocan la nulidad del acto.
  • ¿Qué hacer ante una negativa de inscripción?

Alicia López informó que, ante suspensión o denegación, la persona recibe una Nota de Calificación con los defectos detectados, su fundamentación legal y los recursos aplicables. Destacó que procede el Recurso de Apelación ante el Director del Registro Central, o ante la Dirección de Registros de Bienes Muebles e Inmuebles del MINJUS si la decisión es del Registro Central, en un plazo de 20 días hábiles.

López Pérez adelantó que en el próximo programa se explicarán los procedimientos de recursos y las solicitudes de información a los registros.

Fuente: Ministerio de Justicia de Cuba.

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