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publicado el 29/04/2026 09:50 pm

Claves de la planificación salarial: diferencias entre entidades con rendimiento a socios y empresas privadas

En el contexto del perfeccionamiento empresarial, la planificación del fondo de salarios se ha convertido en un elemento estratégico para garantizar tanto la sostenibilidad como el cumplimiento de los compromisos financieros de las entidades. No obstante, persisten dudas sobre cómo se aplican estos criterios según el tipo de entidad, especialmente cuando se busca reducir el pago de dividendos o el rendimiento a inversionistas, manteniendo resultados positivos.

El cálculo del fondo básico en entidades con aporte a socios

De acuerdo con las normas vigentes, en aquellas entidades que buscan optimizar su resultado positivo disminuyendo el rendimiento de la inversión o el pago de dividendos la planificación del fondo de salarios parte de una base mínima ineludible: el fondo correspondiente al salario básico del año anterior, ajustado a los niveles de actividad y a la plantilla de cargos.

La fórmula establecida para determinar el Fondo de Salarios Básico (FSB) anual es la siguiente:

FSB = Σ (SBi × 12), desde i = 1 hasta n

Donde:

· FSB: Fondo de salarios básico anual.

· n: Número total de trabajadores que conforman la plantilla de cargos.

· SBi: Salario básico mensual del trabajador i, correspondiente al año anterior, más los pagos adicionales.

· 12: Factor que representa los meses del año.

En esencia, el procedimiento consiste en tomar el salario básico mensual de cada trabajador, anualizarlo (multiplicando por 12), y luego sumar todos esos valores para obtener el total correspondiente a la entidad o al sistema empresarial.

¿Qué se considera “salario básico del año anterior”?

Un punto clave para aplicar esta fórmula es definir correctamente el salario básico del año anterior. Los especialistas consultados aclaran que se entiende por tal:

“El salario escala del cargo, más la cuantía de los pagos por trabajo que el trabajador percibió —o que debió recibir de haber estado activo— durante el período de tiempo determinado por la autoridad facultada”.

Es decir, se incluyen tanto los devengos reales como aquellos conceptos que, por razones justificadas, el trabajador dejó de percibir pero le correspondían legalmente, siempre dentro del plazo que fije la instancia competente.

La correcta planificación del fondo de salarios no solo es una exigencia contable, sino una herramienta de gestión. Mientras que en las entidades con pago de dividendos se parte de un piso ajustado al salario básico histórico anualizado, en el capital privado priman otros criterios de mercado. Comprender estas diferencias resulta esencial para directivos, trabajadores y autoridades económicas en el actual escenario de transformación empresarial.

Fuente: Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de la República de Cuba 

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