Preguntas frecuentes

FAQs

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publicado el 15/05/2025 03:06 pm

Para solicitar las Certificaciones de Nacimiento, Matrimonio o Defunción .

Para solicitar las Certificaciones de Nacimiento, Matrimonio o Defunción debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar el Carné de Identidad del solicitante.

  • Aportar el Tomo y Folio del asiento, el Registro del Estado Civil o lugar donde fue registrado el acto, si se dispone de esta información. En caso contrario, se deben proporcionar las fechas correspondientes al nacimiento, matrimonio o defunción según la certificación solicitada.

  • Entregar un sello de 5.00 pesos para residentes en el territorio nacional; para quienes residen permanentemente en el exterior, el sello debe ser de 125 pesos. Los sellos pueden ser en formato papel o virtual.

La solicitud puede realizarla la persona que figura en el asiento o cualquier interesado que se encuentre dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el titular del acto registrado.

Estas certificaciones no tienen fecha de vencimiento, excepto la de soltería, que es válida por 180 días. Además, las certificaciones contienen datos esenciales que acreditan el hecho registrado, como nombres, fechas, lugar de registro y firma del registrador, garantizando su validez legal.

Para mayor comodidad, algunos servicios permiten la solicitud en línea, agilizando el proceso y facilitando el pago de los sellos de manera virtual.

Este procedimiento garantiza que puedas obtener tus certificaciones oficiales de manera segura y rápida, facilitando trámites legales y administrativos que requieran la presentación de estos documentos.

Para gestionar un Expediente de Subsanación de Error debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar tu Carné de Identidad original.

  • Entregar un escrito de solicitud donde se detallen los errores contenidos en el asiento registral.

  • Aportar el asiento registral que contiene los errores a corregir.

  • Adjuntar las pruebas solicitadas por el registrador para respaldar la corrección de los errores.

  • Cancelar el sello de 10.00 CUP, que puede ser físico, virtual o mediante pago autorizado.

Es importante que la solicitud sea presentada personalmente por el interesado o a través de un abogado autorizado.

Fuente:Plataformas del Ministerio de Justicia.

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