Trabajo

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publicado el 06/05/2025 05:08 pm

Al cesar en el trabajo, el pensionado tiene derecho a un incremento en su pensión calculado sobre el salario promedio mensual.

El Decreto-Ley 39/2021, publicado en la Gaceta Oficial de Cuba, modifica el procedimiento para el cálculo del incremento de la pensión por edad cuando los jubilados reincorporados al trabajo deciden cesar en él

. Forma parte de un conjunto de normas que buscan estimular la permanencia en el empleo y facilitar la reincorporación al trabajo de pensionados por edad del régimen general de seguridad social.

En resumen, la ley establece:

  • Los pensionados pueden reincorporarse al mismo cargo que desempeñaban al momento de jubilarse, devengando simultáneamente pensión y salario, siempre que sea interés de la entidad y previa autorización

  • Se exceptúa del límite del 90% del salario promedio para el cálculo de pensiones a los pensionados reincorporados con 45 o más años de servicio que trabajen al menos cinco años más, permitiendo así incrementar la cuantía de su pensión.

  • Al cesar en el trabajo, el pensionado tiene derecho a un incremento en su pensión calculado sobre el salario promedio mensual de los mejores salarios devengados durante el período trabajado tras su reincorporación.

Estas medidas buscan incentivar que los pensionados permanezcan activos laboralmente, mejorando su pensión y contribuyendo a la economía, flexibilizando procedimientos y otorgando mayores beneficios en la seguridad social.

Para más información :

.https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/decreto-39-de-2021-de-consejo-de-ministros&ved=2ahUKEwje4f2F34-NAxWjSzABHZh-CX8QFnoECBEQAQ&usg=AOvVaw2GACzjbMWFQnU1XjSqPzaY

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