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publicado el 04/02/2022 12:19 am

Informan sobre el pago de pensión a los jubilados

En respuesta a algunas dudas presentes en la población respecto al pago de pensiones, Benito Rey González, de la Dirección de Pensiones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), aclaró en el periódico Trabajadores que la Ley 105 de Seguridad Social, del 27 de diciembre del 2008, establece que la cuantía de la pensión se fija en el 60 % si acredita hasta 30 años de servicios y por cada año en exceso se incrementa la pensión en un 2 %.

Así puede alcanzar hasta el 90 % del salario promedio mensual, calculado con los cinco mejores salarios devengados de los últimos 15 años naturales anteriores a la solicitud de la pensión, especificó al rotativo.

El directivo también refirió que el Decreto Ley no. 18, Del Procedimiento Transitorio para el Cálculo de Pensiones y Subsidios de la Seguridad Social estipula que, para el cálculo de las pensiones por edad, durante los cuatro años siguientes al de la reforma integral de salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, se considera el promedio de los ingresos devengados a partir del primer año de aplicada la medida de la manera siguiente:

«En el segundo año, es decir, en el 2022, se tiene en cuenta el salario devengado en los 12 meses anteriores a la solicitud de la pensión, o sea en el año 2021».

No obstante, a lo anterior —aclaró— si al presentar la solicitud de pensión en el año 2022 se comprueba que el cálculo está formado por los cinco mejores salarios dentro de los últimos 15 años anteriores a la Reforma de los Salarios y las Pensiones le resulta más beneficioso, se le tramita una Disposición Especial Quinta al amparo de la Ley 105 de Seguridad Social del 27 de diciembre del 2008.

Fuente: Radio Metropolitana

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